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La fiscalía recurre la sentencia de la Operación Puerto

“Si se destruyen las bolsas de sangre, se sentaría un peligroso precedente de impunidad para los deportistas que se dopen”, dice el portavoz Eduardo Esteban

Eufemiano Fuentes, en una de las jornadas del juicio
Eufemiano Fuentes, en una de las jornadas del juicioLUIS SEVILLANO

“Si se destruyen las bolsas de sangre, se sentaría un peligroso precedente de impunidad para los deportistas que se dopen”, dice el portavoz de la Fiscalía de Madrid, Eduardo Esteban, al anunciar que el ministerio público ha presentado ya el recurso contra la sentencia de la Operación Puerto que condena a un año a Eufemiano Fuentes y niega el uso de las bolsas para identificar y sancionar a los deportistas que presuntamente pretendían doparse con su sangre.

En el recurso a la Audiencia Provincial de Madrid, al que próximamente (el plazo termina hoy, viernes 17) se unirán los ya anunciados de la Abogacía del Estado (en representación del Consejo Superior de deportes), la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) y la Unión Ciclista Internacional (UCI), la fiscalía solicita además que se condene a dos años al absuelto Manolo Saiz y que se considere que el delito cometido contra la salud pública no fue aislado sino continuado, por lo que la condena a Fuentes debe ser de dos años. Además, añade la fiscalía, el concepto de medicina deportiva no existe en la legislación española, por lo que la inhabilitación profesional de cuatro años impuesta a Fuentes deberá extenderse a toda la práctica médica y no circunscribirse a algo tan difuso como la práctica de la medicina deportiva, que es el concepto que figura en la sentencia.

Mientras no recurre la absolución de Yolanda Fuentes, la fiscalía sí solicita un aumento de la pena impuesta por el juzgado penal 21 de Madrid a Ignacio Labarta, al que considera “cooperador necesario” y no cómplice, que fue la calificación de que se valió la juez Julia Patricia Santamaría para condenar a cuatro meses al entrenador aragonés. La fiscalía no menciona a Vicente Belda, la quinta persona que se sentó en el banquillo, ya que no había pedido pena contra él.

La juez negó las muestras de las 211 bolsas a las autoridades deportivas alegando que se habían obtenido vulnerando los derechos fundamentales de los acusados

La juez negó las muestras de las 211 bolsas a las autoridades deportivas alegando que se habían obtenido vulnerando los derechos fundamentales de los acusados en la Operación Puerto, por lo que no podían utilizarse para simples procedimientos administrativos. Para la fiscalía, sin embargo, las pruebas se obtuvieron con plenas garantías. No hubo vulneración de los derechos, sin ya que todas las actuaciones de la Guardia Civil en la investigación penal (escuchas, seguimientos, entradas en domicilios y registros) se efectuaron con la preceptiva autorización judicial. “Yo ya era partidario de que se entregaran las bolsas en la fase de instrucción [a lo que se negó repetidamente el juez instructor] ya que no peligraba su uso como prueba en el proceso penal, pero nadie nos lo consultó”, dice Esteban. “Y si se destruyen ahora correríamos el peligro de que se sistematizara una práctica peligrosa. Como el delito de dopaje no persigue al deportista, este siempre puede echarle toda la culpa al médico en caso de ser descubierto en una investigación, sabedor de que las pruebas que le hallaren nunca se podrían usar contra él, por lo que nunca sería sancionado deportivamente”.

La AMA también recurre

La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) también ha presentado un recurso contra la sentencia de la Operación Puerto, según ha anunciado en un breve comunicado que publica en su página web. El recurso sigue a los ya presentados por la Fiscalía española y por el Comité Olímpico Italiano (CONI).

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Sobre la firma

Carlos Arribas
Periodista de EL PAÍS desde 1990. Cubre regularmente los Juegos Olímpicos, las principales competiciones de ciclismo y atletismo y las noticias de dopaje.

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