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El TAD confirma el descenso del Murcia a Segunda B

El Tribunal Administrativo del Deporte ha confirmado la sanción, impuesta el pasado mes de agosto por el juez de Disciplina Social de la Liga de Fútbol Profesional

Madrid -
El TAD en una de sus reuniones.
El TAD en una de sus reuniones.AS

El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha confirmado la sanción del descenso a la Segunda División "B" del Real Murcia, impuesta el pasado mes de agosto por el juez de Disciplina Social de la Liga de Fútbol Profesional, según informó este jueves la Liga de Fútbol Profesional.

"En las últimas horas se ha notificado, a esta Liga Nacional de Fútbol Profesional, la resolución del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), adoptada el pasado viernes, día 3 de octubre, mediante la cual se confirma la sanción de descenso de categoría impuesta al Real Murcia CF. SAD por el juez de Disciplina Social de la LFP, el pasado día 7 de agosto", señaló la LFP en un comunicado.

La patronal indicó que en la resolución, el organismo acordó "desestimar íntegramente el recurso interpuesto por la representación legal del club murciano" ante la sanción del descenso de categoría como consecuencia de su reincidencia en la comisión de infracciones muy graves a los Estatutos Sociales de la LFP y la fuerte multa de más de 180.000 euros (180.303,63 euros).

"La resolución confirma que la actuación del órgano disciplinario de la LFP fue en todo momento conforme a Derecho, refrendando todas y cada una de las argumentaciones jurídicas empleadas por el juez de Disciplina Social de esta Liga Nacional en su resolución, así como por la representación legal de la LFP durante la tramitación del recurso ante el TAD", subrayó la Liga.

La LFP apuntó que el dictamen del TAD rechaza "todas y cada una de las argumentaciones invocadas" por el Real Murcia acerca de la falta de competencia material y legitimación de la LFP para incoar y tramitar el expediente disciplinario e imponer las sanciones oportunas a la citada entidad, "destacando muy especialmente la inexistencia de conculcación del principio non bis in ídem".

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