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Cómo avalar en el Real Madrid

Desde 2012 los directivos deben respaldar el 15% del presupuesto con su patrimonio y mediante una entidad registrada en el Banco de España

Zidane y Florentino en la presentación de un libro sobre el francés.
Zidane y Florentino en la presentación de un libro sobre el francés.J. C. Hidalgo (EFE)

El pasado lunes por la noche, el presidente del Real Madrid, Florentino Pérez, anunció, en una entrevista en El Larguero de la cadena SER, que Zinedine Zidane será la piedra angular del proyecto deportivo del club blanco tras la marcha de José Mourinho. Y lo será porque Pérez saldrá reelegido al ser el único candidato a las elecciones del 16 de junio.

En la misma entrevista, el empresario negó haber modificado los estatutos del club en la última Junta para dificultar que otras personas reúnan el aval necesario, unos 80 millones, con el que poder presentarse. “Lo único que he cambiado es que los 10 años de antigüedad pasen a 20. Lo demás está en la Ley del Deporte de 1990, que obliga a avalar el 15% del presupuesto no al presidente, sino a toda la Junta”, aseguró Pérez. La Ley del Deporte a la que hace referencia establece, es cierto, que “antes de comenzar cada ejercicio, la Junta Directiva deberá depositar, a favor del club y ante la Liga Profesional, aval bancario que garantice su responsabilidad y que alcance el 15% del presupuesto de gasto”. Además, en el artículo 56 de los estatutos del Madrid a fecha de 18 de mayo de 2008 se indica que uno de los requisitos para presentar candidaturas era “acompañar pre-aval bancario, en los términos, condiciones y cuantía que establece la Ley 10/1990 y demás disposiciones aplicables”.

En 2012 también se modificó la antigüedad de socio para optar a la presidencia

Pero en la Asamblea del 30 de septiembre de 2012, además de modificarse la antigüedad de socio para optar a la presidencia, se endurecieron y especificaron de otra manera las condiciones del aval. A propuesta del presidente, los socios aprobaron que el aval bancario debe provenir de una entidad que figure en el Registro del Banco de España, y otra condición que no existía en los estatutos anteriores: “En dicho aval deberá hacerse constar por la Entidad de Crédito, Banco o Caja de Ahorros que lo emita, que el mismo ha sido concedido teniendo en cuenta el patrimonio personal de los candidatos, y con la única y exclusiva garantía del patrimonio personal de dichos candidatos a la Junta Directiva (...) La Junta Electoral podrá exigir la información adicional necesaria para garantizar que, en ningún caso, el aval haya sido concedido sobre patrimonio ajeno al de las personas que componen la candidatura, así como regular, dentro de las normas de desarrollo que al efecto dicte, las condiciones, términos y cualquier otra condición y/o requisito que considere necesario respecto al pre-aval”.

En aquella Asamblea de septiembre de 2012, Florentino Pérez defendió así los cambios: “Lo único que quiero aportar es transparencia, que el aval no sea de las islas de no sé dónde. ¿Qué es eso de que un socio deba ser avalado por alguien que sea de fuera? Somos muchos y siempre hay un socio desleal, solo hay que ver las elecciones anteriores. No puede un tercero avalar la candidatura. Va contra nuestros intereses. El aval tiene que ser de una entidad que exista y no de un tercero. No pienso mal de los jeques, de los rusos. Pero debemos protegernos. Aquí no puede venir cualquiera con un poco de labia y quedarse con el club. Esto no es un club de petanca, es la institución deportiva más importante del mundo”.

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